José Luís Pérez, Superintendente de la Actividad Aseguradora, informó
que las clínicas del país están en la obligación de atender a las
personas que lleguen con una emergencia y las aseguradoras deben dar
clave inmediatamente.
Además
reiteró que la Ley de la Actividad Aseguradora obliga a las empresas
prestadoras de servicio a conceder las claves de emergencia de manera
inmediata.
"Si a usted no le permiten entrar, porque no
le han dado clave de emergencia, eso esta prohibido por esta Ley,
quiere decir, que las empresas aseguradoras tienen que darle la clave
inmediata en el caso de emergencia", resaltó.
Agregó
que en caso de no ser atendido en un centro médico por cualquier razón,
la Sudeaseg, el Indepabis y la Defensoría del Pueblo establecieron una
sala situacional activa las 24 horas a través del número 0800-saluseg
(7258734).