La normativa establecida este jueves por del Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia, en requerimiento al Plan Nacional de Protección para la Prevención y Atención de Períodos Festivos, de Asueto y Vacacionales, determina que el expendio de bebidas alcohólicas estará restringido con la finalidad de evitar un aumento de las cifras de accidentes de tránsito, riñas, y eventos adversos que generan daños a las personas y sus bienes, así como la preservación del ambiente ante cualquier situación que implique amenaza, vulnerabilidad o riesgo del mismo.
Las licorerías, distribuidoras y supermercados podrán vender licor en el horario comprendido entre las9:00a.m hasta las 9:00p.m.El expendio de bebidas alcohólicas para las tascas, restaurantes, bares, espectáculos públicos y afines estarán limitados entre las 12:00m hasta la 01:00 a.m., y ademas deben cesar sus actividades y cerrar sus puertas a la misma hora.
De igual forma se verán afectados los hoteles, discotecas y centros sociales que solo podrán vender bebidas alcohólicas desde las 12:00m hasta las 3:00a.m, mientras que clubes nocturnos y salones de bailesobservarán el horario entre las 8:00 p.m hasta las 3:00a.m.
Días domingos queda suspendido el expendio, distribución y consumo de licor en todo el territorio nacional.
De acuerdo con la resolución los establecimientos y comercios que incurran en desacato e infracción, quedarán sujetos a las sanciones correspondientes, impuestas por las respectivas autoridades municipales.
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